CERTIFICADO ENERGÉTICO DE LA VIVIENDA.

A partir del 1 de enero de 2013, cada vivienda usada que se venda o alquile en España deberá contar con un “certificado de eficiencia energética”. Esta exigencia, que llega desde Europa, ha sido recogida por el ministerio de Industria en un Real Decreto que entra en vigor el primer día del próximo año.

El certificado energético, obligatorio para la vivienda de segunda mano a partir de 2013, desde TSclima te asesoraremos para implantar nuevos sistemas y poder conseguir elevar la calificación eregética de tu vivienda.

El “certificado de eficiencia energética”, que tendrá una validez de diez años, es un documento que describirá lo eficaz que es una vivienda en cuanto al consumo de energía. Hasta ahora en España sólo se exige un documento semejante para los edificios de nueva construcción – o grandes rehabilitaciones – pero Europa obliga a que este certificado lo posea toda vivienda que salga al mercado, tanto en venta como en alquiler y tanto si es nueva como si es de segunda mano.

Así, a partir de la entrada en vigor de la nueva normativa, el 1 de enero de 2013, todos los propietarios que deseen vender o alquilar su vivienda deberán presentar al comprador o inquilino este certificado. Quedan excluidos los edificios y monumentos protegidos, los utilizados como lugares de culto o los edificios de viviendas que sean objeto de un contrato de arrendamiento por tiempo inferior a cuatro meses al año, entre otros.

La etiqueta clasifica cada inmueble con un código de color según una escala que va de la categoría “A” (la más eficiente) a la “G” (la menos eficiente), similar al que ya se utilizan en las viviendas nuevas o en los electrodomésticos.

El propietario de la vivienda, edificio o local será el responsable de obtener y abonar el coste de este certificado, obligatorio para poder vender o alquilar su casa. Además del estudio para obtener el certificado, cada vivienda analizada recibirá una serie de recomendaciones de mejora que permitirán aumentar al menos un nivel en la escala de eficiencia energética si la calificación es “B” o “C”, o dos cuando la vivienda originalmente cuenta con una calificación “D”, “E”, “F” o “G”.

Se desconoce el coste que puede alcanzar para el usuario tramitar el certificado energético, porque será un coste que marcará el propio mercado. El fomento de la eficiencia energética de edificios y viviendas forma parte de las prioridades europeas desde 2002, cuando se aprobó la Directiva 2002/91/CE del Parlamento Europeo.